El legaltech no es un invento nuevo, está a punto de empezar a peinar canas…

Fue en 1979 cuando la compañía americana LexisNexis puso en marcha UBIQ, el primer terminal en el mundo con un sistema de automarcado para conectar algunos despachos con bases de datos de leyes y jurisprudencia de algunas bibliotecas de los EEUU. 

Y en este hito se sitúa el descubrimiento o nacimiento del legaltech o tecnología legal.

Se podría filosofar y disertar mucho a estas alturas sobre la definición de legaltech. A mí particularmente me interesa esa doble funcionalidad para después llegar a su explicación.

La tecnología que puede sustituir la labor de los abogados total o parcialmente y la tecnología que sirve a los abogados para mejorar la eficiencia de sus procesos y servicios. 

El legaltech, abreviatura en definitiva de legal Technology, es la tecnología que sirve al derecho y de la que se sirve el derecho.

Lo más cool también pasa por buscarle matices o sinónimos que en realidad no lo son como el Lawtech, más global, más para el legislador, más de sustitución del profesional, o localizado como auto servicio legal para empresas. Hay quien lo considera una variante del legaltech y quien no le da mucho valor. Y también hay gurús que van restringiendo la concepción del legaltech al backoffice legal.

Y muy importante para deslindar el término resulta esclarecer qué no es Legaltech: no es el derecho de internet, o de nuevas tecnologías, cyberlaw o derecho de la informática o de la digitalización. Aunque en parte puede absorber elementos de estos campos. 

¿Cómo funciona el legaltech o derecho digital?

El legaltech se trata de un ámbito en permanente evolución, un gran lienzo sobre el que todavía se sigue pintando y al que le faltan muchos trazos, es un elemento vivo y en permanente cambio y adaptación.

Esa evolución ha ido enriqueciendo el concepto de legaltech de modo que si hasta el 2007 se circunscribía más a la tecnología utilizada por los abogados, a partir de ese momento la crisis económica suma y aporta una expansión del término encaminada a generar herramientas tecnológicas que propiciaran y facilitaran una mayor eficiencia en la prestación de los servicios jurídicos. 

El legaltech o “derecho tecnológico” es la tecnología que sirve al derecho y de la que se sirve el derecho

Surgen entonces startups encaminadas a ello y con el objetivo de dotar a los despachos de abogados de mecanismos que les sirviera para ser más competitivos y asequibles en precio, y más ágiles y accesibles en sus servicios.

Y siguiendo el hilo histórico temporal llegamos al 2016 donde el uso de la tecnología en servicios legales se enfoca a crear software o servicios on line con grandes dosis de automatización y estableciendo canales totalmente nuevos de atención y servicios; otros que aceleran y optimizan las tareas de los propios profesionales del derecho; y otros software más orientados a mejorar y dar otro impulso a la interacción entre abogados y sus clientes.

No obstante, insisto en recalcar que esa idea de dos grandes bloques para configurar y estructurar la definición de legaltech me parece lo más contundente y clarificadora:

  • El bloque de las tecnologías de servicios que reducen , eliminan o sustituyen la necesidad del abogado en su vertiente tradicional. Ahí situamos herramientas de marketplace de abogados y de servicios, o plataformas de reclamación on line y dotadas de grandes mecanismos digitales y de automatización.
  • El bloque de las tecnologías que eficientan, agilizan o aceleran la gestión de tareas y procesos operativos de los propios abogados: gestores documentales cada vez más automatizados, CRM, sistemas de firma digital, sistemas de gestión de contratos, o de revisión inteligente de documentación, y la significativa evolución de los buscadores de jurisprudencia y legislación hacia verdaderos asistentes legales inteligentes, que todavía tiene mucho recorrido y margen de mejora.

Legaltech ha venido a sumarse a la familia tech desde un sector resistente y muy tradicional pero donde su implementación supone una auténtica revolución.

Se trata de la tecnología para el derecho y del derecho con su tecnología para servir más y mejor y para servirse más y mejor.


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